04/05/09

Para cotizar se requiere información clara y completa: Estudio del SERNAC demuestra la necesidad de la TAE solicitada reiteradamente por ODECU

El reciente estudio publicado por el Servicio Nacional del Consumidor que da cuenta de diferencias de hasta un 700% (setecientos por ciento) en el costo de los créditos de consumo, en momentos en que Chile y el mundo atraviesan una crisis económica que sólo se ha comparado con los efectos de la Gran Depresión norteamericana de 1929, demuestra la necesidad de efectuar cambios en la legislación que regula el mercado financiero nacional.

Varios de esos cambios ya han sido señalados en artículos anteriores como el que se refería a las medidas económicas implementadas por el gobierno de Michelle Bachelet para enfrentar la crisis.

TAE: Tasa Anual Equivalente

A las sugerencias que planteábamos una vez más con esa nota, cabe en esta ocasión agregar otra, la cual sugerimos hace tiempo sea incorporada en la legislación que regula el mercado financiero, para mejorar su transparencia, a propósito de la oleada que nos inunda con esta palabrita.

Se trata de incorporar el concepto de Tasa Anual Equivalente de modo de que los consumidores puedan disponer de un indicador objetivo para la comparación matemática de los costos reales entre los créditos cotizados.

De la tasa de interés a las comisiones y seguros

Hace algunos años, lo común era fijarse en la tasa de interés al momento de cotizar un crédito.

Sin embargo, el mercado financiero ha cambiado y dentro de ese cambio se han introducido un gran número de cargos fijos o variables de distinta denominación. Los más comunes son las comisiones por apertura y mantención de líneas de créditos, comisión por envío de correspondencia, comisión por sobregiro, comisión por solicitud de tarjeta adicional, etc; seguros de distinta naturaleza, entre otros cargos.

Entonces, la tasa de interés pasó a un segundo lugar dentro de la importancia que tuvo en el costo del crédito y en las utilidades de los proveedores de crédito, especialmente hace un par de años, antes de la crisis, donde la tasa de política monetaria que fija el Banco Central se mantuvo en la meta estructural del 3%.

Esto dio bastante estabilidad al mercado que exhibió, en general y por un buen tiempo, bajas tasas de interés. Fue precisamente en ese contexto en el cual floreció el negocio de los seguros y las comisiones, el cual llegó para quedarse.

Las comisiones entraron atropellando derechos

No debemos olvidar que la incorporación unilateral de comisiones en las cuentas de ahorro de los clientes del Banco del Estado (BancoEstado) fue el motivo de la primera demanda colectiva que, a cuatro años de su interposición, aun no se falla con sentencia definitiva.

Posteriormente, por el mismo motivo y otras materias, el SERNAC accionó ante tribunales contra siete casas comerciales con las cuales celebró avenimientos que hasta hoy son motivo de fuertes diferencias de opinión respecto de la conveniencia de esas soluciones para los consumidores.

Está claro, pero… no está claro.

Ahora bien, luego de estos conflictos, ya debería estar claro para los consumidores que existen todos estos cargos en sus cuentas.

Sin embargo, aunque lo supieran, enfáticamente decimos que hoy, los consumidores no pueden saber a ciencia cierta, exacta y matemáticamente cómo se reflejarán los seguros y las comisiones en sus pagos finales.

Además, casas comerciales, bancos y otros oferentes de crédito suelen destacar en la publicidad de sus productos y servicios, promociones o rebajas respecto de la tasa de interés, omitiendo o mencionando muy parcialmente y en forma incompleta que lo que rebajan en la tasa de interés lo recuperan ampliamente en comisiones y seguros.

Por tanto…, necesitamos la TAE

Entonces, la existencia de un solo indicador en el cual fijarse al momento de cotizar el costo total de un crédito será un factor de información clara, transparente, al momento de tomar decisiones respecto de acceder a créditos.

Y ese indicador, ya incorporado en otros países, como España, se llama TAE, Tasa Anual Equivalente.

Esperamos, que en pos de la transparencia de la que tanto se habla hoy, el gobierno y los legisladores adopten incorporar esta herramienta en el sistema financiero nacional y, de pasadita, arreglan otras inequidades como aquellas que hemos mencionado en notas anteriores.

 

Texto redactado originalmente para ODECU

23/01/09

Encuesta Nacional de Consumidores de la Subtel

92% DE HOGARES CON INTERNET SEÑALAN HABER TENIDO PROBLEMAS CON LA VELOCIDAD

"Ausencia de marco legal tiene desprotegidos a los usuarios y limita la fiscalización del mercado. La solución es aprobar lo antes posible en el Senado la ley de Internet, a fin de otorgar a los consumidores derechos que hoy no tienen, como reclamar por calidad de servicio", afirmó el Subsecretario de Telecomunicaciones, Pablo Bello.

De los hogares sin Internet, un 54% no contrataría este servicio porque "nos les interesa o no lo necesitan". A un 40% le gustaría tenerlo… pero no tienen dinero para pagarlo.

En el ranking de reclamos por telefonía, Telmex y Claro fueron las empresas más reclamadas ante la Subtel en el 2° semestre 2008, ello pese a la drástica reducción de los reclamos de la operadora móvil que bajaron más de tres veces respecto al 1er semestre 2008.

Datos reveladores sobre Internet, Telefonía y Televisión arrojó la Encuesta Nacional de Consumidores de Servicios de Telecomunicaciones de la Subtel, destacando el alto porcentaje de hogares con Internet que afirman haber tenido dificultades con la velocidad de conexión contratada (92%), especialmente cuando descargan archivos o navegan en la web.

Un 47% de los afectados menciona la descarga de archivos como la ocasión en que más sufre problemas y un 41% indica que le pasa lo mismo simplemente cuando navega por el ciberespacio. El chateo (7%), jugar en línea (6%) y realizar video llamadas (6%) serían otros momentos donde también se presentan inconvenientes con la velocidad.

Un 29% indica que las fallas son más frecuentes entre las 18 y 22 horas y el mismo porcentaje declara que ocurren a cualquier hora.

Al respecto, el Subsecretario de Telecomunicaciones, Pablo Bello, afirmó que en el mercado de Internet pasaron cosas muy importantes el 2008 como la sextuplicación de la velocidad nominal y la expansión de la Internet móvil, "pero hay un tremendo vacío en materia de calidad de servicio, sobre todo cuando se trata de que los usuarios reciban lo que se les prometió comercialmente".

"Hay una realidad clara. La ausencia de un marco legal para Internet en Chile tiene desprotegidos a los usuarios y limita la fiscalización del mercado, porque este servicio no existe en la ley y, por lo tanto, no podemos dictar normativas técnicas de calidad y tampoco un reglamento de reclamos que proteja de verdad a los consumidores. La solución es aprobar lo antes posible la ley de Internet que ya fue aprobada por unanimidad en la Cámara de Diputados, a fin de otorgar a las personas derechos que hoy no tienen y que son vitales como reclamar por calidad de servicio", señaló Pablo Bello.

El Subsecretario recordó que hace más de un año que la Subsecretaría de Telecomunicaciones, decenas de organizaciones de consumidores y distintos actores políticos vienen bregando por la aprobación de la ley, "pero después de haber avanzado rápido se estancó su tramitación y es momento de dar el paso final en beneficio del mercado y sobre todo de los usuarios, indicó".

Siempre en materia de Internet, el titular de la Subtel informó que en Chile hay un 30% de hogares con Internet y que la meta para los próximos dos años es llegar al 50%, "pero para eso el país tiene que hacer esfuerzos mayores a los que ya ha desplegado, porque con las condiciones del mercado actual en materia de precios y cobertura, se hace muy difícil el acceso para las familias de menores ingresos".

En efecto, la Encuesta señala que a un 40% de los hogares que no tiene Internet le gustaría tener el servicio pero no puede pagarlo. Aunque un porcentaje mayor (54%), no contrataría Internet porque nos les interesa o no lo necesitan, cifra que es coincidente con la realidad de la Unión Europea donde el 50% de los hogares sin Internet señalan el mismo motivo para no conectarse.

"Este panorama nos impone dos desafíos: Seguir aumentando la competencia para reducir los precios de acceso y desarrollar más agresivamente contenidos, aplicaciones y nuevos usos que le den valor a la conectividad", indicó Pablo Bello, quien enfatizó que para incrementar la competencia es necesario favorecer el ingreso al mercado de nuevos competidores, los que requieren de espectro para operar, por eso espera que la Corte Suprema acoja el planteamiento del Gobierno en torno a ratificar la facultad del Ejecutivo para administrar el espectro radioeléctrico de forma que se favorezca la competencia y la innovación tecnológica. En la misma línea, el Subsecretario de Telecomunicaciones manifestó que espera que el TDLC recoja también la propuesta de Subtel para obligar a las empresas a dar banda ancha desnuda. "Estos fallos serán críticos para el desarrollo de la competencia actual y futura en la Industria", recalcó.

Un dato relevante de la Encuesta es que el 37% de los hogares que si tienen Internet menciona que la razón principal para contratarlo fue apoyar la educación de sus hijos. "En este ámbito este gobierno está haciendo la mayor inversión de la historia para conectar todas las escuelas rurales de Chile a Internet, porque creemos que es una herramienta que puede ayudar a dar saltos sustanciales en calidad de la educación y en la formación de los jóvenes", recalcó el Subsecretario.

Telefonía Fija y Móvil

La presencia de Telefonía se mantiene relativamente estable en los hogares, pero llama la atención en la telefonía móvil que del total de usuarios que declara haber tenido problemas con el servicio (13%), un 37% nunca reclamó o buscó solución. También preocupa al Gobierno que de los que si reclamaron ante la empresa, un 42% no obtuvo ninguna solución y en su mayoría no apelaron ante el Sernac o la Subtel.

Por ello la autoridad reiteró la importancia de reclamar hasta la última instancia cuando se ha vulnerado un derecho o se ha cometido una ilegalidad. La estadística indica que el 85% de los reclamos ingresados a la Subtel por problemas no solucionados en las empresas, fueron solucionados a favor de los usuarios en la segunda instancia. "La idea es que la gente no pierda sus derechos, reclamar vale la pena porque funciona cuando se llega hasta el final y además es un acto necesario, porque ayuda a erradicar las malas prácticas comerciales y mejora el funcionamiento del mercado" acotó el Subsecretario Pablo Bello.

Ranking de Reclamos

En otra arista, se dio a conocer el ranking de las empresas telefónicas que fueron más reclamadas ante la Subtel durante el segundo semestre 2008, siendo Telmex y Claro las compañías con más quejas de usuarios, pese a que la operadora móvil tuvo una drástica reducción de sus reclamos, que bajaron más de tres veces respecto al 1er semestre 2008, pero no lo suficiente para superar a sus rivales Movistar y ENTEL, que fue la empresa con menos reclamos en el período.

Tanto en telefonía local como celular, la causa más frecuente de reclamo fue la disconformidad con el cumplimiento del contrato o promoción. Destaca en el ranking la baja sostenida por tercer ranking consecutivo de Telefónica, que redujo sus reclamos en la Subtel a menos de la mitad el segundo semestre 2008.

Fuente: SUBTEL.

22/01/09

Alimentos "sin gluten" por ley

Un alimento sólo podrá indicar en su etiquetado la declaración "sin gluten" cuando garantice que la presencia de esta sustancia es inferior a 20 ppm o mg/kg


Se estima que en un periodo no muy lejano podremos saber con total garantía qué productos, de todos los que se venden, son aptos para una persona celiaca que debe seguir, por su salud, una dieta sin gluten. Recientemente, la Comisión Europea ha aprobado un reglamento para establecer con carácter legislativo la denominación de los productos específicos para personas con intolerancia al gluten.

• Autor: Por MAITE ZUDAIRE
• Fecha de publicación: 13 de enero de 2009

Esta iniciativa (Codex Stan 118-1979, revisado en 2008) sobre la regulación de la composición de alimentos se suma a la rigurosa normativa aprobada en 2007 sobre "declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos" que sistematiza el mensaje que debe acompañar a los productos según su mayor o menor contenido en energía (bajo valor energético, valor energético reducido, sin valor energético), azúcar (sin azúcar, bajo contenido en azúcar, sin azúcares añadidos), grasa (sin grasa, bajo contenido en grasa), sal (sin sal, bajo contenido en sal), etc.

Ausencia por ley

La normativa establece la cantidad límite de esta proteína que debe figurar en la composición y el etiquetado de todos los alimentos para ser considerados libres de ella

Hasta ahora, y ante la ausencia en toda la Unión Europea de una regulación que establezca los límites precisos de gluten en los alimentos, las empresas alimentarias no se veían en la necesidad de declarar la posible presencia de esta sustancia en sus productos. No obstante, muchos fabricantes informaban sobre la posibilidad de que sus productos tuvieran cierta cantidad de gluten con mensajes del tipo "puede contener restos de gluten", pero sin comprobar su contenido exacto, lo cual provoca el rechazo a consumirlos de las personas celiacas.

La normativa comunitaria se consigue gracias a una propuesta del Ministerio de Sanidad y Consumo español, desarrollada a través de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), y presentada a la Comunidad Europea en enero de 2008, que establece el límite de cantidad de gluten que debe figurar en la composición y el etiquetado de todos los alimentos para ser considerados sin gluten. Se establecen dos categorías:

• Alimentos sin gluten, que son aquellos cuyo contenido en gluten es inferior a 20 ppm (partículas por millón) o mg/kg.
• Alimentos con muy bajo contenido en gluten, cuyo contenido en gluten es inferior a 100 ppm o mg/kg.

Además, cualquier alimento de consumo cotidiano sólo podrá indicar en su etiquetado la declaración "sin gluten" cuando garantice que la presencia de esta sustancia es inferior a 20 ppm o mg/kg.

Ésta es una de las cuatro iniciativas llevadas a cabo por el Gobierno dentro del Plan de Apoyo a las Personas con Intolerancia al Gluten, puesto en marcha por la Administración en marzo de 2008. Entre otras acciones, establece la colaboración con los negocios de hostería para que adviertan de la presencia de gluten en los productos que se ofrecen en bares y restaurantes. El desarrollo de un protocolo de detección precoz de la celiaquía para el Sistema Nacional de Salud (SNS) materializado en el documento Diagnóstico Precoz de la Enfermedad Celíaca es otra iniciativa del plan.

Este documento está dirigido a médicos, fundamentalmente pediatras y médicos de familia, y al resto de profesionales que trabajan en atención hospitalaria. A estas iniciativas se suman otras como el estudio epidemiológico de la enfermedad para conocer su prevalencia real (el mapa de la celiaquía en España) y una estrategia asistencial de la enfermedad crónica para el SNS.

Por una dieta sin gluten

A este plan de apoyo a las personas celiacas se suman otras acciones, algunas de ellas recogidas en nuestra web, como la Escuela Idea Sana "Sin gluten, apto para celiacos", celebrada entre septiembre y octubre de 2006 para informar al consumidor de las características de la enfermedad y las limitaciones de la dieta. Ese mismo año, a través del programa "Por una dieta sin gluten" y en colaboración con la Federación de Asociaciones de Celíacos (FACE) se comenzó el lanzamiento de una gama de productos sin gluten, aptos para celiacos. Cerca de 100 alimentos frescos, más de 80 productos de charcutería, 75 alimentos salados como frutos secos y algunos encurtidos, más de una decena de platos preparados, además de productos lácteos (alrededor de 40), salsas y alguna gama de dulces de chocolate ha dado lugar a unas 300 referencias. El objetivo es ofertar una mayor y mejor variedad de productos específicos para personas con celiaquía a un precio más asequible. Para estos productos se estableció un máximo de 3 ppm o mg/kg de gluten; notablemente inferior a los 20 ppm o mg/kg que ahora marca la ley.

INICIATIVAS

En los últimos años han surgido diversas iniciativas en el ámbito autonómico para garantizar menús escolares sin gluten con la calidad organoléptica y nutricional equivalente al menú escolar basal, el normal. Por ejemplo, el Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco, en colaboración con EZE-Asociación Celiaca de Euskadi, Euskadiko Zeliakoen Elkartea, publicó hace unos años en formato papel la Guía para elaborar menús sin gluten, en la que se incluye la descripción de la enfermedad, la clasificación de los alimentos según su contenido en gluten y los productos especiales sin gluten.

Uno de los puntos de la guía aborda el tema de cómo elaborar un menú sin gluten, así como pautas para seguir la dieta sin gluten en determinados momentos que se presentan en la vida de un niño celiaco como meriendas, cumpleaños o fiestas infantiles, excursiones o campamentos. También desde el Departamento de Salud y Consumo del Gobierno de Aragón se ha editado un tríptico que incluye consejos sobre Cómo preparar un menú para celiacos.

CELIAQUÍA, UNA INTOLERANCIA ALIMENTARIA


La celiaquía es una enfermedad intestinal crónica debida a una intolerancia al gluten, lo que causa la mala absorción intestinal de esta sustancia. El consumo de gluten provoca a la persona afectada una reacción inflamatoria, de base inmune, en la mucosa del intestino delgado encargada de absorber los nutrientes de los alimentos (azúcares, minerales o vitaminas, entre otros). Suele ser común el malestar intestinal acompañado de diarrea fétida, hinchazón abdominal y flatulencia. También hay quien manifiesta otros síntomas como dolor en las articulaciones, calambres o fatiga. Como consecuencia de la mala absorción intestinal, la persona afectada puede perder peso y desarrollar deficiencias nutritivas como la anemia. Por cuestión genética, quien cuenta con antecedentes tiene mayor riesgo de padecer la celiaquía.

Fuente: Consumer Eroski

17/01/09

Medidas económicas para enfrentar la crisis, ¿qué les falta?

Parte de la experiencia de un actor no siempre considerado y que tiene mucho que decir en la materia: la Asociación de Consumidores y Usuarios de Chile, ODECU, administradora del sitio www.misdeudas.cl.


Por Alejandro Pujá Campos,
Coordinador ODECU Chile.

Desde ODECU y www.misdeudas.cl, saludamos las medidas anunciadas por la Presidenta Michelle Bachelet para enfrentar el escenario económico mundial y esperamos sean aprobadas por los legisladores y sean adecuadamente implementadas.

No obstante ello, hace rato que vemos que hay materias que no son objeto de atención no sólo del gobierno sino también de los parlamentarios de todos los sectores, e inclusive de la prensa, y que adecuadamente tratadas, pueden ser un aporte substantivo no sólo a ayudar en la actual crisis sino a prevenir los efectos de las que vendrán, pues el péndulo de la historia se mueve, cíclicamente, de un lado a otro.

Educación financiera

Vemos con preocupación cómo algunas soluciones sólo apuntan a proveer más recursos para enfrentar los problemas. Y siendo esta una medida útil, su eficacia se ve disminuida por la ausencia casi absoluta de programas de educación financiera a los consumidores que cuando reciben más recursos, por cualquier vía, sean estas subvenciones, bonos, anticipos de impuestos, etc., intentan solucionar sus problemas sin considerar algunos altos costos asociados a pagar sin reflexionar.

Y así ocurre que cuando la familia tiene más dinero, intenta pagar sus deudas pero buena parte de lo que destina a pagos se queda enredado en comisiones, seguros, intereses, gastos de cobranza, honorarios, disminuyendo muy poco el capital de la deuda lo cual las eterniza.

¿Cuánto del último reajuste salarial de los empleados públicos se está quedando en pagos de deudas mal negociadas por los clientes de tiendas y bancos…?

¿Cuánto del bono de $40.000 para el millón y medio de familias más pobres no seguirá el mismo derrotero….?

Porque si algunos no lo saben, las familias más pobres del país, donde quizá hay más necesidades insatisfechas especialmente en lo psicológico lo que explica el consumo casi irracional de celulares, televisores LCD, ropa de marca, entre otros productos no estrictamente de primera necesidad, también tienen deudas, especialmente con casas comerciales, supermercados y farmacias y destinan buena parte de sus ingresos, bonos y subvenciones incluidas, al pago de esas obligaciones, naturalmente sin ningún conocimiento de cómo es la mejor forma de enfrentar una morosidad.

La experiencia de ODECU y www.misdeudas.cl nos señala prácticas que rayan en lo irracional cuando un deudor se ve presionado por las acciones de cobranza de una simple cuota.

Algunos acuden a los avances en efectivo para pagar una cuota de otra tienda, sin considerar que sólo la comisión de esa operación puede ser igual o superior al mismo monto del avance y que sumados los intereses pagará tres o cuatro veces el valor de la cuota que quería saldar.

Ese deudor no sabe que es más barato pagar atrasado, con los intereses legales y los gastos de cobranza extrajudicial, que están regulados, que haber sacado el avance en efectivo o, tan peor aun, repactar el total de la deuda, cuando sólo debe una, dos o tres cuotas.

Eliminación transitoria del impuesto de timbres y estampillas

Si bien es cierto que esta medida rebaja el costo de los créditos, es cada vez más marginal ya que el Gobierno había reducido este impuesto con anterioridad y, por tanto, la actual eliminación, transitoria por cierto, no impactará fuertemente el costo del crédito. Más lo debiera hacer el anuncio de hoy del Banco Central que disminuyó en 100 puntos base la Tasa de Política Monetaria, siempre y cuando los bancos traspasen la disminución a los créditos.

El llamado desde ODECU es a no repactar pues las tasas siguen altas y pasará un buen tiempo antes que los créditos de mediano y largo plazo disminuyan. Es mejor pagar atrasado, con los costos legales asociados, que repactar una deuda.

Control de la cláusula de aceleración

Sin embargo, pagar atrasados las cuotas, pagando los costos legales asociado a ello, no es fácil con nuestra actual legislación y la existencia de la cláusula de aceleración en todo tipo de contrato de créditos.

La cláusula de aceleración es aquella que faculta al acreedor para cobrar el saldo total del crédito como si fuese de plazo vencido por el sólo hecho de haberse atrasado el deudor en el pago oportuno de una o más cuotas del crédito.

Suele ir acompañada de otra que establece que en caso de notoria insolvencia del deudor con un tercero ajeno a la relación contractual, de igual modo el acreedor podrá acelerar el crédito, resolviéndolo en contra de los intereses del deudor.

Es decir, si el banco A le ha otorgado un crédito hipotecario al Sr. B y a su vez el Sr. B tiene una deuda morosa con el banco C, la sola existencia de la morosidad del Sr. B con el banco C será motivo para que el banco A, con el cual el Sr. B está al día, le exija el saldo total de la deuda, como si fuese de plazo vencido. Impagable por supuesto. Acudiendo al refranero popular, “del árbol caído, todos quieren sacar leña”.

Es este tipo de disposiciones legales y contractuales las que utilizan los acreedores para obligar a los clientes a las repactaciones. O reprograma o lo demandan. Si no reprograma, lo demandan, le ponen una presión que pocos resisten y, por tanto, en la mayoría de los casos terminan repactando en pésimas condiciones, como ya se ha descrito en esta nota.

Este es el tipo de operaciones que le han dado al sector financiero nacional buena parte de la tremenda rentabilidad de que ha gozado, exhibiendo ganancias colosales, aun con crisis mundiales, creciendo sostenidamente. El avance bancario de los últimos 20 años, asociado al desarrollo de los créditos del retail, la transformación de financieras en bancos, la creación de bancos a partir de multitiendas, le deben buena parte de su éxito a la existencia de este tipo de disposiciones legales que prácticamente nadie tiene la real voluntad de cambiar.

Reducción de tasas por vía legislativa

Un aporte realmente sustantivo al mejoramiento de la situación general de los endeudados, y que le daría un espaldarazo fuerte a la reactivación económica de mediano y largo plazo, es la reducción legal del actual porcentaje máximo de sobretasa que se puede aplicar a los créditos otorgados y a los pagos de créditos morosos, vía reforma legislativa de quórum simple.

La ley 18.010, sobre operaciones de crédito, que se puede descargar desde las sección Normativa Legal de www.misdeudas.cl, establece que los bancos y otras instituciones financieras, como las cooperativas y las mismas tiendas a través de sus tarjetas, pueden cobrar en los nuevos créditos que otorguen hasta un 50% por sobre la tasa de interés corriente vigente al momento de la suscripción del contrato de crédito. Y luego, si el cliente cae en morosidad, se le aplicará al momento del pago de la cuota atrasada la tasa de interés corriente vigente, aumentada en hasta un 50%.

Cuando las tasas están altas, como ha venido dándose en los últimos años, este porcentaje de sobretasa, autorizado por ley, es devastador para los bolsillos de los deudores que ven como sus cuentas se pueden duplicar, sólo por concepto de intereses, en uno o dos años.

A ello hay que agregar las comisiones, seguros, cargos de mantención, gastos de cobranza, honorarios, que se siguen acumulando pues los clientes no saben que a pesar de la morosidad pueden ponerle término a un contrato con lo cual, a lo menos, reducen su nivel de endeudamiento al sacarse de encima los cargos fijos o variables asociados a cualquier línea de crédito.

No hace en falta que en Chile se infringa la ley para cobrar intereses usureros, pues ello está autorizado por la legislación vigente.

Capitalización de intereses


Otro cambio legal muy necesario es el relativo a la capitalización de intereses que es incorporar en el capital o cuota adeudada los intereses que se hayan generado en un periodo anterior no inferior a 30 días. De esa manera, los intereses se suman al capital y, por tanto, generan nuevos intereses en el periodo siguiente. En Argentina, la capitalización no puede hacerse antes de un año.

Nuevamente, la legislación permite los cobros excesivos.

Proyecto de insolvencia de hogares y tribunales arbitrales

Ayer, el Superintendente de Bancos e Instituciones Financieras ha llamado a los bancos a ayudar a sus clientes y la ayuda son las reprogramaciones o repactaciones de las deudas.

De acuerdo a los casos que atendemos en ODECU y a las consultas que llegan a nuestro portal, las ofertas de repogramación suelen distar mucho de los que se podría denominar una ayuda. Se dan casos de créditos hipotecarios que con una o dos reprogramaciones, sin asesoría financiera y legal para el consumidor, aumentan al doble o el triple la deuda del inmueble, en relación a lo que vale en el mercado o comparado con una vivienda similar nueva.

En otras palabras, dejando a un lado las consideraciones subjetivas relacionadas con el barrio, los vecinos y el ambiente en que se desarrollan las familias, al analizarlo crudamente se puede establecer que es antieconómico insistir en seguir pagando una vivienda cuya deuda es el doble o el triple del mercado.

Esto podría ser enfrentado, como ocurre ya en Europa y Estados Unidos, con sistemas de insolvencia de hogares a través de los cuales las familias pueden obtener arreglos a sus deudas acudiendo a jueces especializados, tribunales de mediación, similar a un interventor o síndico de quiebras para una empresa, que se encarga de sanear a la familia, morigerar cobros, establecer planes de pago, prohibiciones de nuevos endeudamientos, etc., sin exponerla a perder un bien tan preciado como la vivienda.

ODECU propició el proyecto que ya cumple dos años sin urgencia en el Congreso Nacional, cuestión increíble en el actual escenario.

Por tanto, cualquier medida del gobierno de turno, por buena que sea, tendrá efectos parciales si no se apuntan también a estos puntos y otros de tipo estructural como es la ya histórica brecha de mala distribución del ingreso, superior en Chile a países más desarrollados, como España y Estados Unidos, donde la diferencia entre los que ganan más y los que ganan menos es menor que en el nuestro.

29/06/08

Informes comerciales: Buscan premiar el buen comportamiento y gratuidad en las aclaraciones

Entregar incentivos al buen comportamiento financiero y un principio de gratuidad en el borrado, aclaración y eliminación de datos del sistema de información comercial, plantearon los parlamentarios socialistas Carlos Ominami y Marco Enríquez-Ominami.

El senador Ominami y el diputado Enríquez-Ominami valoraron el esfuerzo del Ejecutivo, en cuanto a avanzar en una solución a los problemas generados por el sistema de información comercial. En este sentido, destacaron la próxima tramitación de un proyecto de ley.

Se trata de un sistema con baja cobertura, ya que no toda la información relevante es cuantificada. “No existe en este país una visión global de los riesgos de crédito”, Afirmó el senador Ominami.

“Hay un sistema de información puramente negativo, no hay un sistema de información positivo. Todo el mundo es candidato de entrar al sistema, y no se premia el buen comportamiento”, agregó.

Los principios básicos para un sistema de información son romper el monopolio legal por la vía de la licitación; operar sobre la base de la información negativa y positiva; clasificar los distintos tipos de deudas; y distinguir entre los almacenadores y quienes pueden comercializar la información, precisó.

Enríquez-Ominami afirmó que en nuestro país los deudores alcanzan a los tres millones de personas, de ahí la importancia de mejorar las condiciones del sistema. Agregó que la idea es que exista más y mejor información financiera.

“Nos parece que un sistema de información más moderno permitiría evitar un conjunto de situaciones que someten a los chilenos a un sistema de precariedad”, recalcó el diputado.

Cambios

Es necesario introducir una categorización en la morosidad dura, distinguiendo entre quienes hayan llegado a la insolvencia de manera fraudulenta, de aquellos, que actuando de buena fe, se vieron sobrendeudados, aclararon los parlamentarios.

También se plantearon establecer el principio de gratuidad en el borrado, aclaración y eliminación de datos; y dar mayor relevancia a la información positiva. “El sistema actual -según su estructura- perjudica a los pobres y castiga a los buenos pagadores”, afirmaron.

Por otra parte, se buscan establecer normas de prescripción de la vigencia de los datos en los registros de información comercial. “La idea es que las personas no permanezcan indefinidamente en los registros. Así, debe existir un plazo, luego del cual, los usuarios puedan salir de éstos. El plazo debe guardar armonía con las normas de prescripción de las acciones de cobro. (que generalmente son de 3 o de 5 años)”, indican.

Las propuestas incluyen: el fortalecimiento de la figura del habeas data (acción que permite recurrir a Tribunales cuando se niega información comercial injustificadamente); modificar la ley del consumidor, incorporando los créditos como actos de consumo, de manera de proteger a los usuarios con la legislación del consumidor; y la creación de un sistema de puntajes o scoring, que califique o evalúe a los deudores de acuerdo a su comportamiento de pago.

Fuente: Prensa parlamentaria.

25/04/08

Modificarán ley de bancos para evitar cobros tras cierre de cuentas

Así lo plantea moción de diputados de diversas bancadas, que señala como improcedente el cobro de comisiones y gastos posteriores a la solicitud de cierre de una cuenta corriente.

Diario de la Cámara.


Los diputados Alvaro Escobar, Sergio Aguiló, Marcos Enríquez-Ominami, Alejandro Sule y Esteban Valenzuela proponen modificar la Ley General de Bancos en orden a regular el proceso de terminación de contratos de prestación de servicios bancarios.

Los legisladores señalan que la tardanza de los bancos en proceder al cierre de cuentas y otros productos bancarios solicitados por los clientes, genera conflictos, cobranzas indebidas y morosidad a los usuarios.

Al respecto, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras dictó el 2007 una circular impartiendo instrucciones sobre el término de contrato por prestación de servicios bancarios, medidas que este proyecto busca consagrar otorgándoles un carácter obligatorio y legal.

Para ello el presente texto (Boletín Nº 5792), fija un plazo de 10 días hábiles para que el banco responda a la solicitud de cierre de una cuenta. El mimo plazo regirá para cursar la terminación de contratos de servicios bancarios adoptada por una institución financiera.

Asimismo, se prohíbe el cobro de gastos y comisiones a partir de la fecha de solicitud de cierre del contrato, con excepción de cobros por cargos y comisiones ya devengados.

Seguidamente, el texto legal propone la obligación de la institución bancaria de entregar por escrito al cliente toda la información pertinente al cierre del contrato, como también de los pasos que el cliente debe seguir a continuación.

Una vez terminado el proceso de cierre y pagadas todas las obligaciones que el cliente adeude, la institución bancaria o financiera deberá devolver al cliente todos los instrumentos de garantía que hubiese suscrito, como también los documentos que contengan los antecedentes personales y comerciales del cliente. El proyecto ingresó a trámite el 2 de abril y fue remitido a la Comisión de Economía para su estudio.