04/05/09

Para cotizar se requiere información clara y completa: Estudio del SERNAC demuestra la necesidad de la TAE solicitada reiteradamente por ODECU

El reciente estudio publicado por el Servicio Nacional del Consumidor que da cuenta de diferencias de hasta un 700% (setecientos por ciento) en el costo de los créditos de consumo, en momentos en que Chile y el mundo atraviesan una crisis económica que sólo se ha comparado con los efectos de la Gran Depresión norteamericana de 1929, demuestra la necesidad de efectuar cambios en la legislación que regula el mercado financiero nacional.

Varios de esos cambios ya han sido señalados en artículos anteriores como el que se refería a las medidas económicas implementadas por el gobierno de Michelle Bachelet para enfrentar la crisis.

TAE: Tasa Anual Equivalente

A las sugerencias que planteábamos una vez más con esa nota, cabe en esta ocasión agregar otra, la cual sugerimos hace tiempo sea incorporada en la legislación que regula el mercado financiero, para mejorar su transparencia, a propósito de la oleada que nos inunda con esta palabrita.

Se trata de incorporar el concepto de Tasa Anual Equivalente de modo de que los consumidores puedan disponer de un indicador objetivo para la comparación matemática de los costos reales entre los créditos cotizados.

De la tasa de interés a las comisiones y seguros

Hace algunos años, lo común era fijarse en la tasa de interés al momento de cotizar un crédito.

Sin embargo, el mercado financiero ha cambiado y dentro de ese cambio se han introducido un gran número de cargos fijos o variables de distinta denominación. Los más comunes son las comisiones por apertura y mantención de líneas de créditos, comisión por envío de correspondencia, comisión por sobregiro, comisión por solicitud de tarjeta adicional, etc; seguros de distinta naturaleza, entre otros cargos.

Entonces, la tasa de interés pasó a un segundo lugar dentro de la importancia que tuvo en el costo del crédito y en las utilidades de los proveedores de crédito, especialmente hace un par de años, antes de la crisis, donde la tasa de política monetaria que fija el Banco Central se mantuvo en la meta estructural del 3%.

Esto dio bastante estabilidad al mercado que exhibió, en general y por un buen tiempo, bajas tasas de interés. Fue precisamente en ese contexto en el cual floreció el negocio de los seguros y las comisiones, el cual llegó para quedarse.

Las comisiones entraron atropellando derechos

No debemos olvidar que la incorporación unilateral de comisiones en las cuentas de ahorro de los clientes del Banco del Estado (BancoEstado) fue el motivo de la primera demanda colectiva que, a cuatro años de su interposición, aun no se falla con sentencia definitiva.

Posteriormente, por el mismo motivo y otras materias, el SERNAC accionó ante tribunales contra siete casas comerciales con las cuales celebró avenimientos que hasta hoy son motivo de fuertes diferencias de opinión respecto de la conveniencia de esas soluciones para los consumidores.

Está claro, pero… no está claro.

Ahora bien, luego de estos conflictos, ya debería estar claro para los consumidores que existen todos estos cargos en sus cuentas.

Sin embargo, aunque lo supieran, enfáticamente decimos que hoy, los consumidores no pueden saber a ciencia cierta, exacta y matemáticamente cómo se reflejarán los seguros y las comisiones en sus pagos finales.

Además, casas comerciales, bancos y otros oferentes de crédito suelen destacar en la publicidad de sus productos y servicios, promociones o rebajas respecto de la tasa de interés, omitiendo o mencionando muy parcialmente y en forma incompleta que lo que rebajan en la tasa de interés lo recuperan ampliamente en comisiones y seguros.

Por tanto…, necesitamos la TAE

Entonces, la existencia de un solo indicador en el cual fijarse al momento de cotizar el costo total de un crédito será un factor de información clara, transparente, al momento de tomar decisiones respecto de acceder a créditos.

Y ese indicador, ya incorporado en otros países, como España, se llama TAE, Tasa Anual Equivalente.

Esperamos, que en pos de la transparencia de la que tanto se habla hoy, el gobierno y los legisladores adopten incorporar esta herramienta en el sistema financiero nacional y, de pasadita, arreglan otras inequidades como aquellas que hemos mencionado en notas anteriores.

 

Texto redactado originalmente para ODECU

23/01/09

Sony retira otra vez del mercado baterías para ordenadores portátiles

Advierten del riesgo de recalentamiento, incendio y quemaduras para los usuarios.

• Fecha de publicación: 1 de noviembre de 2008

Nuevamente, el fabricante Sony se ha visto obligado a retirar del mercado a escala mundial baterías de ordenadores portátiles por el riesgo de recalentamiento e incluso incendios y quemaduras para los usuarios, según ha informado la organización FACUA-Consumidores en Acción. En esta ocasión la medida afecta a diversos modelos de las marcas Hewlett-Packard, Toshiba y Dell.

Existen 19 informes de baterías sobrecalentadas, incluyendo 17 en los que apareció humo e incluso llamas, señaló la Comisión para la Seguridad de los Productos de Consumo de Estados Unidos, que incluso ha confirmado que dos consumidores sufrieron quemaduras leves por estos incidentes. Fabricadas por Sony Energy Devices Corporation, las 100.000 baterías afectadas forman parte de cerca de una treintena de modelos de portátiles y también se han vendido por separado.

Los modelos Hewlett-Packard afectados son los HP Pavilion dv1000, dv8000 y zd8000; los Compaq Presario v2000 y v2400, así como los HP Compaq nc6110, nc6120, nc6140, nc6220, nc6230, nx4800, nx4820, nx6110, nx6120 y nx9600. Los primeros caracteres de los códigos de barras de estas baterías potencialmente peligrosas son: A0, L0, L1 y GC

Por su parte, los portátiles Toshiba incluidos en la alerta son los modelos Satellite A70/A75, P30/P5, M30X/M35X y M50/M55, y los Tecra A3, A5 y S2. En cuanto a los de la marca Dell, son los Latitude 110L y los Inspiron 1100, 1150, 5100, 5150 y 5160, con el modelo de batería OU091.

Durante el año 2006 varios fabricantes de portátiles tuvieron que retirar más de diez millones de baterías fabricadas por Sony debido al riesgo de sobrecalentamiento.

Fuente: Consumer Eroski

22/01/09

Alimentos "sin gluten" por ley

Un alimento sólo podrá indicar en su etiquetado la declaración "sin gluten" cuando garantice que la presencia de esta sustancia es inferior a 20 ppm o mg/kg


Se estima que en un periodo no muy lejano podremos saber con total garantía qué productos, de todos los que se venden, son aptos para una persona celiaca que debe seguir, por su salud, una dieta sin gluten. Recientemente, la Comisión Europea ha aprobado un reglamento para establecer con carácter legislativo la denominación de los productos específicos para personas con intolerancia al gluten.

• Autor: Por MAITE ZUDAIRE
• Fecha de publicación: 13 de enero de 2009

Esta iniciativa (Codex Stan 118-1979, revisado en 2008) sobre la regulación de la composición de alimentos se suma a la rigurosa normativa aprobada en 2007 sobre "declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos" que sistematiza el mensaje que debe acompañar a los productos según su mayor o menor contenido en energía (bajo valor energético, valor energético reducido, sin valor energético), azúcar (sin azúcar, bajo contenido en azúcar, sin azúcares añadidos), grasa (sin grasa, bajo contenido en grasa), sal (sin sal, bajo contenido en sal), etc.

Ausencia por ley

La normativa establece la cantidad límite de esta proteína que debe figurar en la composición y el etiquetado de todos los alimentos para ser considerados libres de ella

Hasta ahora, y ante la ausencia en toda la Unión Europea de una regulación que establezca los límites precisos de gluten en los alimentos, las empresas alimentarias no se veían en la necesidad de declarar la posible presencia de esta sustancia en sus productos. No obstante, muchos fabricantes informaban sobre la posibilidad de que sus productos tuvieran cierta cantidad de gluten con mensajes del tipo "puede contener restos de gluten", pero sin comprobar su contenido exacto, lo cual provoca el rechazo a consumirlos de las personas celiacas.

La normativa comunitaria se consigue gracias a una propuesta del Ministerio de Sanidad y Consumo español, desarrollada a través de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), y presentada a la Comunidad Europea en enero de 2008, que establece el límite de cantidad de gluten que debe figurar en la composición y el etiquetado de todos los alimentos para ser considerados sin gluten. Se establecen dos categorías:

• Alimentos sin gluten, que son aquellos cuyo contenido en gluten es inferior a 20 ppm (partículas por millón) o mg/kg.
• Alimentos con muy bajo contenido en gluten, cuyo contenido en gluten es inferior a 100 ppm o mg/kg.

Además, cualquier alimento de consumo cotidiano sólo podrá indicar en su etiquetado la declaración "sin gluten" cuando garantice que la presencia de esta sustancia es inferior a 20 ppm o mg/kg.

Ésta es una de las cuatro iniciativas llevadas a cabo por el Gobierno dentro del Plan de Apoyo a las Personas con Intolerancia al Gluten, puesto en marcha por la Administración en marzo de 2008. Entre otras acciones, establece la colaboración con los negocios de hostería para que adviertan de la presencia de gluten en los productos que se ofrecen en bares y restaurantes. El desarrollo de un protocolo de detección precoz de la celiaquía para el Sistema Nacional de Salud (SNS) materializado en el documento Diagnóstico Precoz de la Enfermedad Celíaca es otra iniciativa del plan.

Este documento está dirigido a médicos, fundamentalmente pediatras y médicos de familia, y al resto de profesionales que trabajan en atención hospitalaria. A estas iniciativas se suman otras como el estudio epidemiológico de la enfermedad para conocer su prevalencia real (el mapa de la celiaquía en España) y una estrategia asistencial de la enfermedad crónica para el SNS.

Por una dieta sin gluten

A este plan de apoyo a las personas celiacas se suman otras acciones, algunas de ellas recogidas en nuestra web, como la Escuela Idea Sana "Sin gluten, apto para celiacos", celebrada entre septiembre y octubre de 2006 para informar al consumidor de las características de la enfermedad y las limitaciones de la dieta. Ese mismo año, a través del programa "Por una dieta sin gluten" y en colaboración con la Federación de Asociaciones de Celíacos (FACE) se comenzó el lanzamiento de una gama de productos sin gluten, aptos para celiacos. Cerca de 100 alimentos frescos, más de 80 productos de charcutería, 75 alimentos salados como frutos secos y algunos encurtidos, más de una decena de platos preparados, además de productos lácteos (alrededor de 40), salsas y alguna gama de dulces de chocolate ha dado lugar a unas 300 referencias. El objetivo es ofertar una mayor y mejor variedad de productos específicos para personas con celiaquía a un precio más asequible. Para estos productos se estableció un máximo de 3 ppm o mg/kg de gluten; notablemente inferior a los 20 ppm o mg/kg que ahora marca la ley.

INICIATIVAS

En los últimos años han surgido diversas iniciativas en el ámbito autonómico para garantizar menús escolares sin gluten con la calidad organoléptica y nutricional equivalente al menú escolar basal, el normal. Por ejemplo, el Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco, en colaboración con EZE-Asociación Celiaca de Euskadi, Euskadiko Zeliakoen Elkartea, publicó hace unos años en formato papel la Guía para elaborar menús sin gluten, en la que se incluye la descripción de la enfermedad, la clasificación de los alimentos según su contenido en gluten y los productos especiales sin gluten.

Uno de los puntos de la guía aborda el tema de cómo elaborar un menú sin gluten, así como pautas para seguir la dieta sin gluten en determinados momentos que se presentan en la vida de un niño celiaco como meriendas, cumpleaños o fiestas infantiles, excursiones o campamentos. También desde el Departamento de Salud y Consumo del Gobierno de Aragón se ha editado un tríptico que incluye consejos sobre Cómo preparar un menú para celiacos.

CELIAQUÍA, UNA INTOLERANCIA ALIMENTARIA


La celiaquía es una enfermedad intestinal crónica debida a una intolerancia al gluten, lo que causa la mala absorción intestinal de esta sustancia. El consumo de gluten provoca a la persona afectada una reacción inflamatoria, de base inmune, en la mucosa del intestino delgado encargada de absorber los nutrientes de los alimentos (azúcares, minerales o vitaminas, entre otros). Suele ser común el malestar intestinal acompañado de diarrea fétida, hinchazón abdominal y flatulencia. También hay quien manifiesta otros síntomas como dolor en las articulaciones, calambres o fatiga. Como consecuencia de la mala absorción intestinal, la persona afectada puede perder peso y desarrollar deficiencias nutritivas como la anemia. Por cuestión genética, quien cuenta con antecedentes tiene mayor riesgo de padecer la celiaquía.

Fuente: Consumer Eroski

17/01/09

Tiendas Corona también efectúa cobranzas indebidas

A pesar de los reclamos, Corona insiste en efectuar cobranzas en domicilios y a personas que nada le deben.

Desde ODECU planteamos que ya es hora de que los consumidores castiguen a las empresas dejando de preferir sus productos.


Por Alejandro Pujá Campos,
Coordinador ODECU Chile

Parece que Tiendas Corona sigue la senda de otras empresas que efectúan cobranzas a diestra y siniestra, sin ninguna consideración hacia quienes les deben y, más sorprendentemente, sin el debido respeto para tratar a quienes nada le deben y se ven acosados por sus acciones de cobranza.

Llamados insistentes para cobrar lo que no se les debe.


El caso que provoca esta nota es de una habitante de Rancagua a la cual Tiendas Corona, a través de su empresa de cobranza, le efectúa continuos e insistentes llamados telefónicos, en distintos horarios, preguntando por un tercero absolutamente desconocido para los reclamantes, quienes expusieron su caso a ODECU.

Tiendas Corona ha llamado por teléfono durante meses preguntando por la Sra. Aurora al teléfono de la Sra. Teresa y a pesar de que se ha explicado a quienes llaman que la Sra. Aurora no vive en el domicilio y que ni siquiera se le conoce, aparentemente, no toman nota de ello e insisten uno o dos días después.

Y esto ya lleva semanas o meses pues la familia afectada, no contabilizó el tiempo desde que partió este acoso pues al principio les pareció que eran errores que no se repetirían.

A mayor abundamiento, como se repitieron los llamados, se le indicó a las encargadas de la cobranza, pues siempre han sido voces femeninas, que pueden verificar, consultando la guía telefónica, que el número al cual se dirigen buscando a la Sra. Aurora, está hace más de un año a nombre de la Sra. Teresa.

Pero parece que su actuar negligente y desconsiderado no les permite siquiera efectuar ese chequeo antes de seguir llamando.

Corona no lo soluciona

Los llamados telefónicos han generado el malestar de la familia que últimamente solicita la identidad de quienes los hacen, los que en vez de responder cortan abruptamente, en una actitud propia de quien sabe que esta haciendo algo malo o incorrecto, en otras palabras, una actitud delincuencial.

La última persona que llamó y que terminó agotando la paciencia de los reclamantes, en vez de identificarse insistió agresivamente: ¡¡Bueno, ¿está o no está la Sra. Aurora...!! Y como no se le respondió, insistiéndosele en que se identificara, colgó del mismo modo como habían hecho otras que habían llamado, cuando se les manifestaba, ya con molestia, que la persona que buscaban era desconocida.

Ya que los llamados se efectúan en Rancagua, la familia afectada se comunicó con la tienda Corona de esa ciudad donde, nuevamente sin identificarse, la persona que atendió, ejecutiva de cuentas, sólo se remitió a explicar que las cobranzas las llevaba una empresa externa y que llamase al fono 600 37 37 700, sin poder aclarar si ese llamado causaría gastos al reclamante.

Política de cobranza de Corona

Luego de una breve investigación y de acuerdo a la experiencia de ODECU en estas materias, es posible que esta conducta sea parte de una política de acoso a ex clientes de Corona, algunos talvez deudores, similar a la efectuada, también en Rancagua, por la empresa de cobranza RECSA, Recuperadora de Capitales S. A., de lo cual alertamos en más de una ocasión y que fue objeto de una nota de prensa del programa "Esto no tiene nombre" que lo trató en el capítulo "Deuda prescrita".

De acuerdo a otros reclamos recibidos habrían dos empresas asociadas a los llamados telefónicos y las cobranzas de Tiendas Corona: una de ellas es Hispanic Global y la otra, adivinen, la ya famosa RECSA.

¿Hacia dónde va Corona?

Ante estas conductas reiteradas en el tiempo, es claro que Tiendas Corona está dispuesta a violar los derechos de los consumidores, les deban o no algo, sean o no sus clientes, sin discriminación alguna, perturbando la tranquilidad de quienes nada le deben.

El llamado es a efectuar las denuncias ante los medios de comunicación, las Asociaciones de Consumidores a lo largo del país, el listado completo se encuentra en la página del Servicio Nacional del Consumidor; ante el mismo Servicio Nacional del Consumidor, se puede hacer por Internet y, en los casos más graves, ante el Juzgado de Policía Local respectivo.

Los consumidores tienen el poder

No obstante todo lo anterior, los consumidores pueden hacer algo mejor para castigar estas conductas y ello es no comprar en Tiendas Corona, no preferir sus productos y divulgar esta conducta entre los amigos y familiares para que solidaricen, asumiendo la misma actitud, hasta que Corona públicamente ofrezca disculpas y se comprometa a respetar los derechos ciudadanos y de los consumidores en sus actuaciones comerciales y, con mayor razón aun, por lo delicado del tema, en materia de cobranza de morosidades, las cuales deben ser efectuadas con arreglo a las leyes y con el debido respeto a la dignidad de todas las personas, deudores o no.

Medidas económicas para enfrentar la crisis, ¿qué les falta?

Parte de la experiencia de un actor no siempre considerado y que tiene mucho que decir en la materia: la Asociación de Consumidores y Usuarios de Chile, ODECU, administradora del sitio www.misdeudas.cl.


Por Alejandro Pujá Campos,
Coordinador ODECU Chile.

Desde ODECU y www.misdeudas.cl, saludamos las medidas anunciadas por la Presidenta Michelle Bachelet para enfrentar el escenario económico mundial y esperamos sean aprobadas por los legisladores y sean adecuadamente implementadas.

No obstante ello, hace rato que vemos que hay materias que no son objeto de atención no sólo del gobierno sino también de los parlamentarios de todos los sectores, e inclusive de la prensa, y que adecuadamente tratadas, pueden ser un aporte substantivo no sólo a ayudar en la actual crisis sino a prevenir los efectos de las que vendrán, pues el péndulo de la historia se mueve, cíclicamente, de un lado a otro.

Educación financiera

Vemos con preocupación cómo algunas soluciones sólo apuntan a proveer más recursos para enfrentar los problemas. Y siendo esta una medida útil, su eficacia se ve disminuida por la ausencia casi absoluta de programas de educación financiera a los consumidores que cuando reciben más recursos, por cualquier vía, sean estas subvenciones, bonos, anticipos de impuestos, etc., intentan solucionar sus problemas sin considerar algunos altos costos asociados a pagar sin reflexionar.

Y así ocurre que cuando la familia tiene más dinero, intenta pagar sus deudas pero buena parte de lo que destina a pagos se queda enredado en comisiones, seguros, intereses, gastos de cobranza, honorarios, disminuyendo muy poco el capital de la deuda lo cual las eterniza.

¿Cuánto del último reajuste salarial de los empleados públicos se está quedando en pagos de deudas mal negociadas por los clientes de tiendas y bancos…?

¿Cuánto del bono de $40.000 para el millón y medio de familias más pobres no seguirá el mismo derrotero….?

Porque si algunos no lo saben, las familias más pobres del país, donde quizá hay más necesidades insatisfechas especialmente en lo psicológico lo que explica el consumo casi irracional de celulares, televisores LCD, ropa de marca, entre otros productos no estrictamente de primera necesidad, también tienen deudas, especialmente con casas comerciales, supermercados y farmacias y destinan buena parte de sus ingresos, bonos y subvenciones incluidas, al pago de esas obligaciones, naturalmente sin ningún conocimiento de cómo es la mejor forma de enfrentar una morosidad.

La experiencia de ODECU y www.misdeudas.cl nos señala prácticas que rayan en lo irracional cuando un deudor se ve presionado por las acciones de cobranza de una simple cuota.

Algunos acuden a los avances en efectivo para pagar una cuota de otra tienda, sin considerar que sólo la comisión de esa operación puede ser igual o superior al mismo monto del avance y que sumados los intereses pagará tres o cuatro veces el valor de la cuota que quería saldar.

Ese deudor no sabe que es más barato pagar atrasado, con los intereses legales y los gastos de cobranza extrajudicial, que están regulados, que haber sacado el avance en efectivo o, tan peor aun, repactar el total de la deuda, cuando sólo debe una, dos o tres cuotas.

Eliminación transitoria del impuesto de timbres y estampillas

Si bien es cierto que esta medida rebaja el costo de los créditos, es cada vez más marginal ya que el Gobierno había reducido este impuesto con anterioridad y, por tanto, la actual eliminación, transitoria por cierto, no impactará fuertemente el costo del crédito. Más lo debiera hacer el anuncio de hoy del Banco Central que disminuyó en 100 puntos base la Tasa de Política Monetaria, siempre y cuando los bancos traspasen la disminución a los créditos.

El llamado desde ODECU es a no repactar pues las tasas siguen altas y pasará un buen tiempo antes que los créditos de mediano y largo plazo disminuyan. Es mejor pagar atrasado, con los costos legales asociados, que repactar una deuda.

Control de la cláusula de aceleración

Sin embargo, pagar atrasados las cuotas, pagando los costos legales asociado a ello, no es fácil con nuestra actual legislación y la existencia de la cláusula de aceleración en todo tipo de contrato de créditos.

La cláusula de aceleración es aquella que faculta al acreedor para cobrar el saldo total del crédito como si fuese de plazo vencido por el sólo hecho de haberse atrasado el deudor en el pago oportuno de una o más cuotas del crédito.

Suele ir acompañada de otra que establece que en caso de notoria insolvencia del deudor con un tercero ajeno a la relación contractual, de igual modo el acreedor podrá acelerar el crédito, resolviéndolo en contra de los intereses del deudor.

Es decir, si el banco A le ha otorgado un crédito hipotecario al Sr. B y a su vez el Sr. B tiene una deuda morosa con el banco C, la sola existencia de la morosidad del Sr. B con el banco C será motivo para que el banco A, con el cual el Sr. B está al día, le exija el saldo total de la deuda, como si fuese de plazo vencido. Impagable por supuesto. Acudiendo al refranero popular, “del árbol caído, todos quieren sacar leña”.

Es este tipo de disposiciones legales y contractuales las que utilizan los acreedores para obligar a los clientes a las repactaciones. O reprograma o lo demandan. Si no reprograma, lo demandan, le ponen una presión que pocos resisten y, por tanto, en la mayoría de los casos terminan repactando en pésimas condiciones, como ya se ha descrito en esta nota.

Este es el tipo de operaciones que le han dado al sector financiero nacional buena parte de la tremenda rentabilidad de que ha gozado, exhibiendo ganancias colosales, aun con crisis mundiales, creciendo sostenidamente. El avance bancario de los últimos 20 años, asociado al desarrollo de los créditos del retail, la transformación de financieras en bancos, la creación de bancos a partir de multitiendas, le deben buena parte de su éxito a la existencia de este tipo de disposiciones legales que prácticamente nadie tiene la real voluntad de cambiar.

Reducción de tasas por vía legislativa

Un aporte realmente sustantivo al mejoramiento de la situación general de los endeudados, y que le daría un espaldarazo fuerte a la reactivación económica de mediano y largo plazo, es la reducción legal del actual porcentaje máximo de sobretasa que se puede aplicar a los créditos otorgados y a los pagos de créditos morosos, vía reforma legislativa de quórum simple.

La ley 18.010, sobre operaciones de crédito, que se puede descargar desde las sección Normativa Legal de www.misdeudas.cl, establece que los bancos y otras instituciones financieras, como las cooperativas y las mismas tiendas a través de sus tarjetas, pueden cobrar en los nuevos créditos que otorguen hasta un 50% por sobre la tasa de interés corriente vigente al momento de la suscripción del contrato de crédito. Y luego, si el cliente cae en morosidad, se le aplicará al momento del pago de la cuota atrasada la tasa de interés corriente vigente, aumentada en hasta un 50%.

Cuando las tasas están altas, como ha venido dándose en los últimos años, este porcentaje de sobretasa, autorizado por ley, es devastador para los bolsillos de los deudores que ven como sus cuentas se pueden duplicar, sólo por concepto de intereses, en uno o dos años.

A ello hay que agregar las comisiones, seguros, cargos de mantención, gastos de cobranza, honorarios, que se siguen acumulando pues los clientes no saben que a pesar de la morosidad pueden ponerle término a un contrato con lo cual, a lo menos, reducen su nivel de endeudamiento al sacarse de encima los cargos fijos o variables asociados a cualquier línea de crédito.

No hace en falta que en Chile se infringa la ley para cobrar intereses usureros, pues ello está autorizado por la legislación vigente.

Capitalización de intereses


Otro cambio legal muy necesario es el relativo a la capitalización de intereses que es incorporar en el capital o cuota adeudada los intereses que se hayan generado en un periodo anterior no inferior a 30 días. De esa manera, los intereses se suman al capital y, por tanto, generan nuevos intereses en el periodo siguiente. En Argentina, la capitalización no puede hacerse antes de un año.

Nuevamente, la legislación permite los cobros excesivos.

Proyecto de insolvencia de hogares y tribunales arbitrales

Ayer, el Superintendente de Bancos e Instituciones Financieras ha llamado a los bancos a ayudar a sus clientes y la ayuda son las reprogramaciones o repactaciones de las deudas.

De acuerdo a los casos que atendemos en ODECU y a las consultas que llegan a nuestro portal, las ofertas de repogramación suelen distar mucho de los que se podría denominar una ayuda. Se dan casos de créditos hipotecarios que con una o dos reprogramaciones, sin asesoría financiera y legal para el consumidor, aumentan al doble o el triple la deuda del inmueble, en relación a lo que vale en el mercado o comparado con una vivienda similar nueva.

En otras palabras, dejando a un lado las consideraciones subjetivas relacionadas con el barrio, los vecinos y el ambiente en que se desarrollan las familias, al analizarlo crudamente se puede establecer que es antieconómico insistir en seguir pagando una vivienda cuya deuda es el doble o el triple del mercado.

Esto podría ser enfrentado, como ocurre ya en Europa y Estados Unidos, con sistemas de insolvencia de hogares a través de los cuales las familias pueden obtener arreglos a sus deudas acudiendo a jueces especializados, tribunales de mediación, similar a un interventor o síndico de quiebras para una empresa, que se encarga de sanear a la familia, morigerar cobros, establecer planes de pago, prohibiciones de nuevos endeudamientos, etc., sin exponerla a perder un bien tan preciado como la vivienda.

ODECU propició el proyecto que ya cumple dos años sin urgencia en el Congreso Nacional, cuestión increíble en el actual escenario.

Por tanto, cualquier medida del gobierno de turno, por buena que sea, tendrá efectos parciales si no se apuntan también a estos puntos y otros de tipo estructural como es la ya histórica brecha de mala distribución del ingreso, superior en Chile a países más desarrollados, como España y Estados Unidos, donde la diferencia entre los que ganan más y los que ganan menos es menor que en el nuestro.

31/05/08

Hoy no sería mejor momento para tomar un hipotecario

Pese a que no existe coincidencia sobre cuándo sería el minuto preciso, las mayores tasas debieran bajar en los próximos meses.

El Mercurio, FRANCISCA GARRIDO P.


Si va a pedir un crédito hipotecario, mejor espere. Ésa es la recomendación que hacen los analistas financieros dados los últimos acontecimientos que han impulsado a las tasas de interés de los bonos emitidos por el Banco Central, las cuales son consideradas por el mercado como referentes a la hora de fijar la tasa de los créditos hipotecarios.

En el último mes, el interés ha subido hasta en 1%. La principal razón fue una emisión de papeles realizada por el Banco Central que subió las tasas de largo plazo. Los analistas explican que hubo una sobrerreacción del mercado y que las tasas debieran retroceder, aunque no a los niveles previos al anuncio.

Ya han caído. En la última semana, los intereses del bono a 20 años (BCU 20) han descendido 17 puntos base y ha caído más de 50 puntos desde que anotó su peak tras la intervención. Y esto podría contagiar también a las tasas de hipotecarios.

¿Por qué afecta a este tipo de créditos? El analista de bancos de Fitch Ratings, Abraham Martínez, explica que cuando el Banco Central emite bonos, muchos de los inversionistas prefieren comprar estos papeles "libres de riesgo" y vender otros, como los que emiten empresas y bancos, lo que empuja a las tasas de éstos al alza. En general, las instituciones financieras traspasan el incremento a sus clientes.

A pesar de potenciales reducciones en los intereses en los próximos meses, se espera un menor crecimiento de este tipo de créditos. La analista de bancos de Fit Corredores de Bolsa, Natalia Aránguiz, afirma que otro factor es la inflación. Como muchos de estos préstamos están en UF, se vuelve cada vez más difícil pagar el dividendo mensual. Sin embargo, la gente se sentirá más segura para tomar un crédito cuando se estabilice la inflación hacia el segundo semestre, según la analista de bancos de Santander Investment, Paula Vicuña.

25/05/08

Cómo reclamar por su cuenta telefónica

Cómo reclamar por su cuenta telefónica u otras materias del rubro.

La siguiente información ha sido extraída desde la página de la Subsecretaría de Telecomunicaciones donde además existe un formulario de reclamo electrónico.

Recomendaciones Generales


El Reglamento de Reclamos debe estar a disposición y a la vista del público en los centros de pago, oficinas de atención y en su Guía Telefónica Residencial.
Recuerde que luego de presentar por escrito su reclamo, debe asegurarse de obtener un comprobante que certifique que interpuso un reclamo ante la compañía.
Las compañías telefónicas Fijas y Móviles, portadores, suministradores de servicios complementarios y permisionarios de servicios limitados de televisión (TV cable) están obligados a tener formularios especiales para la presentación de reclamos.
La empresa y el usuario siempre pueden acudir a los tribunales civiles para resolver sus conflictos en caso de discrepancias mayores.

¿Ante quién presentar su reclamo?

Usted debe acudir a la compañía que presta el servicio cuestionado e interponer el reclamo. La compañía no es necesariamente quien cobra o emite la cuenta telefónica, sino que el reclamo también pede dirigirse a Portadores (carriers) o suministradores de Servicios Complementarios.
El reclamo puede ser presentado utilizando el fono 105 o por escrito en formularios que deberán estar a su disposición o mediante el servicio telefónico dispuesto para ello.
Si su reclamo tiene que ver con el servicio de larga distancia, el problema pasará inmediatamente a manos del portador en cuestión. En caso de que el portador haya habilitado oficinas de atención de reclamos, puede dirigirse directamente a el.
Tanto si reclama el las oficinas de la empresa como si lo hace por teléfono, usted debe exigir un número de reclamo como constancia de su presentación.

¿Cuándo presentar un reclamo?

Usted tiene un plazo de 20 días hábiles para reclamar, a contar del momento en que tome conocimiento del hecho.
En el caso particular de reclamos sobre cobros no reconocidos o excesivos (impugnación), estos 20 días se comienzan a contar de la fecha máxima que usted tiene para cancelar la boleta, factura o cuenta que está reclamando.

¿Cómo presentar el reclamo?

El reclamo lo puede presentar personalmente o su representante, utilizando el fono 105 ó mediante el servicio telefónico dispuesto para ello, por mano, fax o correo en cualquier centro de pago u oficina de atención comercial habilitada para estos fines, en horas de atención a público, sin horario especial.
En el caso que haya acudido a oficinas de atención de reclamos, una vez que usted complete y entregue el formulario, debe asegurarse de obtener un comprobante que certifique que interpuso un reclamo ante la compañía.

El Servicio 105

Es un servicio que prestan las Compañías Telefónicas Locales y Móviles, a los usuarios. A través de este servicio se pueden hacer los reclamos y consultas correspondientes a la compañía. Es el usuario quien define si los llamados son reclamos o consultas.
Este servicio es atendido por ejecutivos de atención telefónica, quienes reciben y gestionan el reclamo, en el caso que se reclame contra un portador (carriers) los ejecutivos pueden transferir su llamada directo al portador o bien indicarle a que número debe llamar para reclamar cobros por el portador reclamado.
Al momento de interponer un reclamo, el usuario debe exigir un número que lo identifica, de esta forma evita una eventual negativa a la recepción de su reclamo. La respuesta del reclamo siempre debe ser por escrito, a través de una carta certificada, a la dirección que el usuario ha dado para ello.

Información que debe contener el formulario de reclamos

Usted debe llenar el formulario de la compañía y consignar los siguientes datos:
Número correlativo del reclamo (este dato lo asigna la empresa).
Identificación del reclamante (nombre, rut, número telefónico con código de área).
Domicilio donde se le deberá notificar(comuna, región).
Fecha de presentación del reclamo.
Empresa reclamada.
Tipo de servicio que presta la empresa reclamada.
Motivo del reclamo (situación reclamada).
Número telefónico vinculado al reclamo (o número de tarjeta reclamada o dirección reclamada, según corresponda).
Monto reclamado (cuando corresponda).
Firma del reclamante o su representante.
Si usted no recibe respuesta en el plazo de 20 días hábiles a través de una carta certificada enviada a su domicilio, se considerará que la empresa ha aceptado el reclamo.

Antecedentes que acompañan su reclamo

Contrato celebrado con la empresa por servicio reclamado (copia por ambos lados)
Guías de despacho o Factura del equipo comprado (especialmente en casos de telefonía móvil)
Certificado de Bloqueo de acceso a servicios, entregado por la compañía local (puede ser a LDI, LDN, 700, Equipos móviles, u otros)
Certificado de titularidad de la línea reclamada (indica la fecha exacta desde cuando el abonado se hace responsable de la línea)
Comprobantes de pago (en caso que se reclame duplicidad de cobros y otros)
Boletas de cobro de la compañía local indicando la o las llamadas locales impugnadas (en caso que se reclame por tráfico local)
Boleta de cobro de la compañía local incluyendo los anexos de los portadores y otros servicios indicando la o las llamadas impugnadas (en caso que se reclame por tráfico a través de portadores o de servicios complementarios)
Nota: El conjunto de antecedentes anexados a un reclamo dependerá del tipo de reclamo efectuado.

Las obligaciones de la empresa con usted

Atenderlo dentro de horarios normales.
Contar con formularios de reclamos.
Responder su reclamo en un plazo máximo de 20 días hábiles a través de una carta certificada enviada al domicilio indicado en su reclamo.
Fundamentar las razones de su respuesta y, si corresponde, indicar el plazo en el cual su problema será resuelto.
Informarle sobre el estado de tramitación de su reclamo si usted lo requiere.
No podrá cortar su servicio por no pagar la parte impugnada de su cuenta.
Mantener a su disposición el Reglamento de Reclamos.

Si usted no queda conforme con la respuesta

Si usted no queda conforme con lo resuelto por la empresa, puede insistir ante la Subsecretaría de Telecomunicaciones dentro de los 10 días siguientes, contados desde que recibió la respuesta (Amunátegui 391, en el siguiente horario: Lunes a Viernes de 08:45 a 15:30 horas. Fono: 4213808 - Fax: 421 3815).

La insistencia la puede presentar personalmente o su representante, por mano, fax, correo o por otros medios habilitados para tal efecto en la SUBTEL o en las SECRETARIAS REGIONALES MINISTERIALES DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y TELECOMUNICACIONES y debe contener a lo menos lo siguiente:

Si es el representante quien interpone el reclamo, debe traer un poder simple que certifique la autorización del dueño de la cuenta a realizar los respectivos trámites en Subtel. En aquellos casos en los cuales el reclamante sea arrendatario de un inmueble o bien haga uso de alguna vivienda donde es difícil ubicar al dueño de la línea, el reclamante debe presentar una declaración jurada, que acredite responsabilidad de la cuenta reclamada y debe además adjuntar una cuenta de servicio pagada a nombre del reclamante o bien un certificado de residencia en el domicilio consignado en la Cuenta Única Telefónica (sugiere formatos de documentos solicitados):
Poder Simple
Declaración Jurada
Breve descripción de los hechos reclamados.
Copia del comprobante de presentación del reclamo ante la compañía.
Copia de la Cuenta Única Telefónica, donde aparezca el detalle de las llamadas que generaron el reclamo rechazado.
Copia de la respuesta a su reclamo.
Todos los documentos que sirvan de base para el reclamo.

Obligaciones de SUBTEL con usted

La Subsecretaría de Telecomunicaciones tiene un plazo máximo de 38 días hábiles para emitir su pronunciamiento definitivo conforme con el mérito de los antecedentes.
SUBTEL es responsable de notificar por escrito, a usted y a la compañía, la resolución adoptada, estipulando el plazo para que ésta sea cumplida.

¿Qué pasa si mi reclamo es aceptado?

Si su reclamo tiene que ver con el cobro de una o más llamadas telefónicas y el conflicto fue resuelto a su favor, la compañía le deberá restituir las sumas correspondientes, (si usted ya las hubiese cancelado) más los reajustes e intereses legales.

De igual forma, si la empresa hubiese efectuado otro tipo de acciones de cobranza, como por ejemplo enviar los antecedentes a DICOM, ella deberá efectuar y costear las diligencias tendientes a dejarlas sin efecto. Esto, sin perjuicio de las acciones que usted quiera realizar por los eventuales perjuicios provocados por tales acciones de cobranza.

En caso de que la compañía no cumpla o no haga efectivo la resolución dictada a su favor, SUBTEL está facultada para emitir cargos en contra de quien corresponda.

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Mercurio en ampolletas energéticas

Presencia de 5 mg de mercurio obligan a tratar las ampolletas de ahorro de energía  como residuos peligrosos por el potencial riesgo que involucra la presencia del metal pesado, advirtieron expertos en salud y ambientalistas.
Las lámparas compactas fluorescentes o ampolletas de bajo consumo tienen un porcentaje de mercurio que podría contaminar el ambiente o causar problemas a la salud de las personas, señaló en su edición del domingo el diario las Últimas Noticias.


05 de mayo del 2008.

“Es un hecho que sorprende a quienes conocen este potencial de riesgo, más aún ante la amplia promoción de los beneficios de cambiarse a este tipo de iluminación”, consigna la nota periodística.

Falta de Información

Lo que preocupa a los denunciantes es la falta de información al consumidor respecto de los potenciales riesgos que involucra la presencia del metal pesado. Al mismo tiempo que reconocen el beneficio energético de las ampolletas eficientes.

Algunos padres de la Agrupación de Bioautismo se manifestaron indignados por la falta de información y el riesgo que corren los niños que siguen la intervención biomédica que incluye la quelación (eliminación de metales pesados que afectan el organismo) ya que cualquier rastro de mercurio podría afectarlos.

En Europa y Estados Unidos las ampolletas en desuso son tratadas como desechos tóxicos y se dispone de lugares especiales y seguros para depositarlas, señaló al matutino Jorge Ianiszewski director del Círculo Astronómico que realizan una campaña de información en su página web.

Algunos minimizan el riesgo porque estas ampolletas tienen 5 mg de mercurio orgánico en comparación con los 500 mg que contiene un termómetro, que de romperse y respirar el aire contaminado podría causar daño neurológico.

El mercurio  “puede dañar a los niños, a mujeres embarazadas y a la naturaleza porque el mercurio se incorpora también a las plantas, algas marinas peces”, afirmó el Doctor Enrique París Director de Centro de Información Toxicológica de la UC.

La Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos recomienda abrir las ventanas y abandonar la pieza por 15 segundos en caso de se rompa una de estas ampolletas.

Fuente: Diario Las Ultimas Noticias.

01/05/08

Canadá prohibe mamaderas con bisfenol-a, y en EEUU piden a la FDA que revise directrices sobre este químico

Ottawa, 21 de abril 2008 Varios medios, entre periódicos y agencias internacionales de prensa, informaron hoy que el gobierno de Canadá prohibirá la venta de mamaderas de policarbonato, la variedad más popular del mercado, después de haber declarado que uno de sus ingredientes es tóxico.

La acción, de los departamentos de Salud y Medio Ambiente, es la primera tomada por un gobierno contra el bisfenol-a (BPA, según sus siglas en inglés), una sustancia química que imita una hormona humana y que ha inducido cambios de largo plazo en animales expuestos a ella en estudios de laboratorio.

También el viernes pasado, el senador demócrata por Nueva York, Charles Schumer, dijo que tenía intenciones de introducir hoy una ley para prohibir muchos usos de los plásticos que contienen BPA. Se prohibirán en productos infantiles, incluyendo los que no estén relacionados con los alimentos, pero que los niños pueden ponerse en la boca, tanto como todos los utilizados para contener bebidas o comida.

La designación de "tóxico" le permitirá a Canadá prohibir la fabricación, importación o venta de mamaderas fabricadas con policarbonato. Este plástico, que domina el mercado de mamaderas en América del Norte, imita el vidrio, pero es más liviano y más resistente a los golpes.

Aunque ahora rige un período de 60 días para realizar comentarios, hay pocas posibilidades de que el gobierno canadiense retroceda, dado el largo y minucioso examen que precedió la decisión. Debido a procedimientos regulatorios, representantes del gobierno dijeron que la prohibición no se haría efectiva antes del próximo año.

Niveles de exposición

El ministro de Salud de Canadá, Tony Clement, dijo que, después de revisar 150 trabajos de investigación y de realizar estudios propios, su departamento concluyó que los chicos de hasta 18 meses eran los que estaban en mayor riesgo por la sustancia química. Clement dijo que los estudios en animales sugirieron que podrían aparecer "síntomas de comportamiento y neurológicos más tarde en la vida".

Los niveles de exposición potencialmente riesgosos son mucho más bajos para los niños que para los adultos, dijo Clement, y tanto él como John Baird, ministro de Medio Ambiente, dijeron que los adultos que utilizan contenedores de plástico fabricados con esta sustancia no están en peligro.

Clement dijo que el gobierno canadiense también está preocupado acerca de los revestimientos internos de latas con alimentos para niños que utilizan BPA, pero aclaró que todavía no actúa porque no hay una alternativa práctica disponible. El gobierno, dijo, trabajará con las industrias de envases para resolver ese problema.

El gobierno también ha comenzado a monitorear la exposición de 5000 personas al BPA. Si el estudio, que debe completarse en 2009, indica un peligro para los adultos, la designación de "tóxico" le permitirá actuar rápidamente. Los funcionarios también afirmaron que su revisión había encontrado que incluso niveles bajos de la sustancia química podían dañar a los peces y otras formas de vida acuática, y que se encontraban presentes en el agua que descartan las ciudades.

La movida de Canadá recibió elogios de los ambientalistas, pero en Washington Steven Hentges, presidente del grupo de policarbonatos del Consejo Químico Americano, afirmó: "No creemos que las prohibiciones del bisfenol-a estén basadas en pruebas científicas".

Gemma Zecchini, vicepresidenta de Alimentos y Productos para el Consumidor de Canadá, cuyos miembros incluyen a los fabricantes de mamaderas Nestlé, Gerber y Playtex, dijo que su grupo le pediría al gobierno que evitara una prohibición definitiva. La mayoría de las cadenas más importantes de Canadá, incluyendo las filiales locales de Wal-Mart y Sears, ya han eliminado los productos para alimentos que contienen BPA.

La cadena farmacéutica más grande del país, Shoppers Drug Mart, los eliminó de sus 1080 locales el viernes. Schumer dijo que decidió actuar a partir del anuncio de Canadá y de un informe del Departamento de Salud de los Estados Unidos. "Es mejor prevenir que curar", dijo.

En Estados Unidos
A partir de los resultados preliminares del Programa Nacional de Toxicología, parte de los Institutos Nacionales de Salud de Estados Unidos, legisladores demócratas pidieron a la Administración de Alimentos y Fármacos (FDA) que reconsidere su perspectiva de que el químico bisfenol A es seguro en el uso de productos para bebés y niños.
El Programa Nacional de Toxicología fue más allá de los comunicados previos del gobierno estadounidense sobre los posibles riesgos para la salud del bisfenol A.

"Hay cierta preocupación por efectos neurales y conductuales en los fetos, bebés y niños con los actuales (niveles de) exposición humana", indicó el programa. El Programa Nacional de Toxicología señaló que roedores de laboratorio que fueron expuestos a niveles de bisfenol A similares a las exposiciones humanas desarrollaron lesiones precancerosas en las glándulas prostática y mamaria, entre otras cosas.
"Las posibilidad de que el bisfenol A impacte en el desarrollo humano no puede descartarse. Se requiere más investigación", añadió la compañía.
Estudios en Argentina

En 2005, investigadores de la Universidad Nacional del Litoral, Argentina, y de la Universidad Tufts, de Boston, publicaron un trabajo en la revista Endocrinology que mostró que pequeñas dosis de bisfenol-a producían alteraciones cancerígenas en crías de ratones.

Según los científicos, la sustancia química puede liberarse en situaciones diarias como calentar una mamadera en el microondas, y actúa como un perturbador endocrino.

El plástico se acumula en los tejidos grasos de la mujer y puede transmitirse al bebe en gestación. Los especialistas recomiendan evitar dentro de lo posible las mamaderas de plástico y reemplazarlas por las de vidrio. (Fuentes: The New York Times y Reuters).

Informado por Consumers International

25/04/08

Premios de hasta $ 2.000 reciben clientes por consumir menos energía

Aunque había dudas sobre el funcionamiento del sistema de incentivos a la disminución del consumo de energía -que permite que las generadoras, a través de las distribuidoras, ofrezcan premios en dinero a los clientes regulados para que bajen su consumo-, durante el primer mes de operación el mecanismo tuvo un destacable desarrollo.


Desde Chilectra (que distribuye energía en la Región Metropolitana) informaron que del total de 1,45 millones de clientes, el 58% de ellos recibió premios de parte de las firmas generadoras, los que variaron en un rango de entre $200 y $2.000. Esta situación se tradujo en un promedio de premios cercano a los $1.000 y una baja en el consumo en torno a los 18 kWh por familia.

Alcance

En el caso de CGE Distribución -que posee 1,2 millones de clientes entre la Región Metropolitana y la de la Araucanía-, 398.130 consumidores recibieron incentivos, y a la fecha la compañía ha facturado premios por $ 150 millones, lo que encierra un ahorro estimado de 2,7 GWh desde que empezó a operar el mecanismo campaña.

En la distribuidora de energía de la Región de Valparaíso, Chilquinta, informaron que cerca del 40% del total de clientes (500 mil) recibieron premios.

Pero las familias verán bajas mayores en las cuentas eléctricas, ya que los premios se entregan en la medida en que los usuarios disminuyan sus consumos promedio. Así para un cliente de Chilectra que haya recibido un premio de $1.000 -equivalente a 18 KWh- dejará de pagar unos $1.980 debido al menor consumo, ya que el KWh tiene un valor de $111.

Cabe destacar que las facturaciones de las cuentas no se producen en una misma fecha, por lo cual no todos han podido acceder durante cuatro semanas a los premios. Desde el 10 de marzo y semanalmente, Endesa, Colbún y AES Gener dieron a conocer los montos que pagarían por cada KWh menos de consumo, los cuales variaron entre los $45 y los $56.

EN CIFRAS

1.439.000
Han sido los clientes premiados hasta la fecha, lo que equivale al 46% del total de clientes de Chilectra, CGE Distribución y Chilquinta.

58%
De los clientes de Chilectra recibieron premios, lo que representa incentivos para unas 841 mil personas.

$ 1.000
Fue el promedio de premios que recibieron los clientes de Chilectra, aunque los incentivos se movieron en rangos que van entre los $200 y los $2.000.

$2.998
Es el beneficio total que llega a tener un cliente que recibe un premio de $1.000, ya que éste significa una disminución de 18 kWh, lo que tiene un valor en Santiago de $1.998.

Colbún logra acuerdo por bonos

Colbún llegó a acuerdo con sus acreedores para aprobar el cambio en las condiciones financieras de tres series de bonos (C, E y F) vigentes, los cuales suman más de US$ 500 millones (11.196.475 UF).

Colbún se vio en la necesidad de renegociar estos bonos luego que en 2007 una de las cláusulas de los documentos dejara de cumplirse. Ayer la firma logró levantar la exigencia hasta el 31 de diciembre de 2010. A cambio deberá desembolsar US$ 8,5 mills. como compensación.

Gobierno envía carta a NYT

Tras el impasse generado por la carta que envió el abogado ecologista Robert Kennedy Jr. al diario The New York Times (NYT) en referencia a las preferencias energéticas de la Presidenta Michelle Bachelet, ayer el ministro Francisco Vidal dio por terminado el inconveniente.

"Quiero como Gobierno agradecer el gesto, que habla bien de su persona, de Mr. Kennedy, al haber reconocido que cometió un error", dijo el ministro y agregó que aún queda un tema pendiente con el diario. "He enviado hoy día al NYT, a propósito de las críticas que editorialmente ha tenido ese diario, una carta formal del Gobierno chileno aclarando cuál es la política energética del Estado de Chile", reconoció el secretario de Estado.

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